El patrón deberá adoptar las medidas necesarias para la conservación de los historiales médicos individuales previstos en el apartado 3 del artículo 8º del presente Vivo Decreto, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ralea de Prevención de Riesgos Laborales. Tanto las empresas como los empresarios están obligados a m